CODIGO TRIBUTARIO

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Nombre: CODIGO TRIBUTARIO
Materia: Derecho Tributario Categoría: Derecho Tributario
Origen: ORGANO LEGISLATIVO Estado: VIGENTE
Naturaleza : Decreto Legislativo
Nº: 230 Fecha:14/12/2000
D. Oficial: 241 Tomo: 349 Publicación DO: 22/12/2000
Reformas: (13) Decreto Legislativo No. 797 de fecha 18 de diciembre de 2008, publicado en el Diario Oficial No. 8, Tomo 382 de fecha 14 de enero de 2009.
Comentarios: El presente Código contiene los principios y normas jurídicas, aplicables a todos los tributos internos bajo la competencia de la Administración Tributaria.
Contenido;
DECRETO No. 230
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR
CONSIDERANDO:
I.- Que en la actualidad no existe un marco jurídico tributario unificado que regule adecuadamente la relación entre el Fisco y los Contribuyentes, que permita garantizar los derechos y obligaciones recíprocos, elementos indispensables para dar cumplimiento a los principios de igualdad de la tributación y el de la seguridad jurídica;
II.- Que es necesaria la unificación, simplificación y racionalización de las leyes que regulan los diferentes tributos internos, a efecto de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones reguladas en ellas, así como la aplicación homogénea de la normativa tributaria por parte de la Administración Tributaria:
III.- Que es indispensable corregir una serie de vacíos y deficiencias normativas que poseen las leyes tributarias, a efecto de contar con mecanismos legales adecuados que expediten la recaudación fiscal, viabilizando además la utilización de medios de cumplimiento de obligaciones tributarias acordes con los avances tecnológicos y con el proceso de modernización de la Administración Tributaria;
IV.- Que en razón de lo antes expuesto, se hace necesario emitir un marco legal que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, desarrolle los derechos de los administrados, mejore las posibilidades de control por parte de la Administración y garantice un adecuado flujo de recursos financieros que permitan atender las responsabilidades que competen al Estado;
Tomado del sitio oficial del Corte Suprema
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Etiquetas: DerechoTributario



Sobre el Código Tributario tener ejemplos e imagenes sobre cada uno de los articulos de dicho tema
Me parece excelente el aporte ya que en ocaciones es de alluda tenerlo tan accesible como en formato para Pc.
Oscar, gracias por escribir, es un gusto saber que es útil nuestro, blog.
Saludos.
Admin
ME PARECE UNA DE LAS FUENTES DE CONOCIMIENTO MUY POCAS EXISTENTES EN ESTE ESPACIO GRACIAS ESPERO QUE LLEVEN EXITOS EN SUSU LABORES….
Adolfo, Gracias por dejar tu comentario y visitarnos
hola.—me urge que alguien me pueda ayudar con todo lo relacionado a la legislacion sobre enfermeria si alguien me ayuda me urge y se lo agradecer mucho
hola me urge actualizarme con lo fiscal
saber de las nuevas reformas y su forma de aplicacion
quiero las leyes fiscales pero actualizadas a este año
me urge qeu alguien me ayude como corregir un error que cometi cuando llene unos libros de contablidad de compras que llevo en mi oficina
pues llene las compras internas en otra casilla como puedo corregir ese error
la verdad me parece que hayan este tipo de blog para que nosotros los jovenes conoscamos y aprendamos sobre aspectos tributarios
aguirre lo que puedes hacer es anular ese folio donde cometiste el error y volver a llenar el libro o tambien puedes enmendarlo colocando la cantidad en lugar donde debe estar y colocar un comentario al pie del libro describiendo el error.y listo
hola me urge saber a cerca de las ventas no sujetas y tener ejemplos porfis que alguin me ayude
deberian de poner ejemplos de cada articulo de este codigo
Hola Liz las ventas no sujetas son aquellas que realizan personas naturales no inscritas al IVA o que no declaran IVA casi siempre son por honorarios o servicios Ejemplo. tu me realizas un trabajo de conta por. ej. me llevas el IVA pero no estas inscrita al iva entonces al momento de hacer tu cobro me presentas un comprobante de sujeto excluido y yo al momento de pagar por tus honorarios te pago el valor de tus honorarios menos el 10% de renta asi de simple nada de iva ni 1% espero esto te ayude un poco cuidate.
gracias por su ayuda
hola, tengo una consulta estoy elaborando la cancelación de un hipoteca el dedudor ya falleció debo relacionar en la hipoteca, ese hecho y que el inmueble en el cual recaia el gravamen esta a favor de los herederos y relacionar la declaratoria de herederos o solo en la razón de testimonio hago entrega de la cancelación a los herederos (paso ante mi)
seria bueno que hicieran un marco historico del surgimiento del codigo tributario explicando procesos, como se origino, por quien fue creado cuantos articulos poseia en ese entonces y su finalidad
quisiera saber que es un codigo tributario per en especifico y lo sub dividieran en parte importantes
El termino de sujetos excluidos a quien es aplicado especificamente
El termino de sujeto excluido es aplicado a las personas naturales que realizan transferencia de bienes o prestan servicios y los ingresos anuales no pasan de $5,714.28 o sus activos no pasan de $2,285.81 si sobrepasa una de las condiciones anteriores esta obligado a inscribirse como contribuyente de IVA y ya no sera sujeto excluido
SUJETOS EXCLUIDOS: GRACIAS JOSHUA
MUY AMABLE POR SUS COMENTARIOS,
NECESITO QUE ALGUIEN EXPLIQUE LO SIGUIENTE: A LOS SUJETOS EXCLUIDOS EN CUENTA TODA PERSONA NATURAL QUE PRESTA UN SERVICIO SE CONVIERTE EN SUJETO EXCLUIDO POR TANTO LE DESCONTARAN EL 13% QUE CORRESPONDE AL IVA CUANDO ANTES LE DESCONTABAN EL 10% VERDAD. PERO NADIE DICE QUE NO LE RETENDRAN EL 10% DE RENTA PORQUE LOS SERVICIOS PROFESIONALES SIEMPRE CONTINUAN TENIENDO UN 10% DE DESCUENTO POR RENTA.
LOS SUJETOS EXCLUIDOS SEGUN LOS FORUMULARIOS QUE TIENE EL MINISTERIO DE HACIENDA SE APLICA LA RENTECION DEL 13% DEL IVA EN PAGOS ARRIBA DE US$228.00. EN TODO CASO TODO SERVICIO MENOR A ESA CANTIDAD SE LE RETENDRA EL 10% DE RENTA
estoy en el cargo de catastro desde febrero y tengo dudas de como calificar de conformidad al Codigo Tributario las empresas y las tiendas que son negocios pequeños
Según las reformas tributarias los porcentajes de Renta por honorarios o servicios ya es 10% para todos los casos, ahora lo descuentan según el tipo de servicio prestado, ¿alguien me puede aclara cuales son los nuevos porcentajes y las actividades a las que corresponden??
que respuesta se obtubo a la pregunta No 21 Roxana de Jarquin Feb 16 2010 / 3pm:
serian tan amables de indicarme que comentario se dio al respecto
necesito saber si pueden ayudarme, si la venta de bebidas alcoholicas (cervesa) tiene otro porcentaje o se puede con otro porcentaje a la hora de declarar el pcir o Pago a Cuenta del 1.5% o es el 0.3%
hola me urge saber de las leyes que rigen a las pymes en el savador, porfis si alguien me ayuda
pudieran comentarme si una reversion de una comision factura a un consumidor final se registra en el libro del IVA o no y como debo registrarlo contablemente.
Gracias.
hola si me pueden ayudar a enviarme las nic o las niff aplicables a la pequeña medeiana empresa en el salvador. Dios Les Bendiga
hola franciasco flores pues te comento que yo si las registro en el libro de iva porque es un numero correlativo el que usas, y la podes registrar como una partida de ajuste
Gracias liz