
Nombre: ACUERDO DE CREACION DE LA ESCUELA JUDICIAL
Materia: Acuerdo Categoría: Acuerdo
Origen: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Estado: Vigente
Naturaleza : Acuerdo Judicial
Nº: 51 Fecha:05/02/1991
D. Oficial: 35 Tomo: 310 Publicación DO: 20/02/1991
Reformas:
Comentarios: Por medio del presente Acuerdo, se crea la Escuela Judicial, cuyo objetivo primordial será la capacitación teórica y práctica de los miembros que integran la Carrera Judicial, la actualización de sus conocimientos y de quienes pretendan ingresar a ella.
Contenido;
ACUERDO DE CREACION DE LA ESCUELA JUDICIAL
SE HA EMITIDO EL ACUERDO QUE DICE:
Acuerdo Nº 51.—-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, cinco de Febrero de mil novecientos noventa y uno.–La Corte Suprema de Justicia, en base a lo dispuesto en el Art. 74 de la Ley de la Carrera Judicial, ACUERDA:
1º) Crear la Escuela Judicial, cuyo objetivo primordial será la capacitación teórica y práctica de los miembros que integran la Carrera Judicial, la actualización de sus conocimientos y de quienes pretendan ingresar a ella.
La Escuela Judicial estará a cargo de un Consejo directivo integrado por siete miembros así: un Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, que será el Presidente; dos miembros del Consejo Nacional de la Judicatura; un Magistrado de Cámara de Segunda Instancia; un Juez de Primera Instancia; el Director de la Escuela o el que haga sus veces y el Director del Instituto de Medicina Legal “Dr. Roberto Masferrer” o quien haga sus veces; habrá igual número de suplentes. Los miembros del Consejo Directivo estarán sujetos a la duración de su cargo en las instituciones mencionadas excepto los Magistrados de Segunda Instancia y Jueces, que será de tres años.
2º) Nominar la Escuela Judicial “DR. ARTURO ZELEDON CASTRILLO” en consideración a los méritos relevantes que caracterizan a tan distinguido jurisconsulto en los ámbitos profesional, docente y judicial.
3º) Elaborar un reglamento que regule el funcionamiento, estructura y organización de la Escuela Judicial, lo mismo que las atribuciones del Consejo Directivo, Director y demás funcionarios de la misma.
4º) Señalar como objetivos de la Escuela Judicial los siguientes: a) OBJETIVO GENERAL: Desarrollar programas de capacitación especializada destinados a los funcionarios que integran la Carrera Judicial, y actualizar sus conocimientos y aptitudes para un mejor desarrollo de sus funciones con el fin de lograr una pronta y cumplida administración de justicia, e impartir cursos de capacitación de ingreso al ejercicio de la función judicial. b) OBJETIVOS ESPECIFICOS: Son objetivos específicos de la Escuela, los siguientes: 1) Realizar cursos básicos de ingreso a la Carrera Judicial; 2) Efectuar cursos de actualización de distintas materias y especialidades; 3) Desarrollar estudios judiciales avanzados que sirvan para la emisión de recomendaciones que ayuden prácticamente a la administración de justicia; 4) Desarrollar cursos de capacitación para personal de apoyo; 5) Imprimir materiales didácticos que se necesiten para desarrollar los programas de capacitación; 6) Preparar y utilizar sistemas audiovisuales con pláticas o conferencias relacionadas con el desempeño de las funciones de las personas que integran la carrera o que pretendan incorporarse a ella; 7) Desarrollar programa para proyectarse a la comunidad jurídica nacional, organizando conferencias para analizar temas de interés general por profesionales nacionales o extranjeros; 8. Organizar y mantener un sistema de becas para que los miembros de la Carrera Judicial puedan realizar dentro o fuera del país cursos de capacitación o de actualización; 9) Los demás que a juicio de la Corte sean necesarios o convenientes para conseguir la finalidad primordial de la Escuela.
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Etiquetas: Acuerdo



